segunda-feira, 25 de abril de 2011

PIRÁMIDE DE LAS NECESIDADES

jerarquía de las necesidades humanas,El famoso psicólogo y filósofo, Dr. Abraham Maslow, descubrió las necesidades humanas y las clasificó en una jerarquía de prioridades, es decir, que la aparcición de una neceesidad presupone generalmente la previa satisfacción de otra necesidad más importante o más poderosa. Maslow describió al hombre como un animal de deseos.

En cuanto una necesidad ha sido satisfecha, otra ocupa su lugar. Lo que una persona dice que siempre se relaciona con una de las necesidades, pero no puede usted esperar que la gente hable en términos de necesidades. Para comprender a la gente usted debe aprender a pensar en términos de necesidades más que en términos de lo que una persona dice que quiere.

la escala de las necesidades de abraham Maslow se describe a menudo como una pirámide que consta de cinco niveles: los cuatro primeros niveles pueden ser agrupados como "necesidades de déficit"; al nivel superior lo denomino autorealizacion, motivación de crecimiento o necesidad de ser. la diferencia estriba en que mientras las necesidades de déficit pueden ser satisfechas, la necesidad de ser es una fuerza impelente continua.

la idea básica de esta jerarquía es que las necesidades mas altas ocupan nuestra atención solo cuando se han satisfecho las necesidades inferiores de la pirámide. las fuerzas de crecimiento dan lugar a un movimiento ascendente en la jerarquía, mientras que las fuerzas regresivas empujan las necesidades prepotentes hacia abajo de la jerarquía.

CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO




DECRETOS 2663 Y 3743 DE 1961
ADOPTADOS POR LA LEY 141 DE 1961
PRIMERA PARTE
DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
TITULO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
CAPITULO IX
TRABAJADORES COLOMBIANOS Y EXTRANJEROS


Art. 74.- Proporción e igualdad de condiciones.
1) Todo patrono que tenga a su servicio más de diez (10) trabajadores debe ocupar
colombianos en proporción no inferior al noventa por ciento (90%) del personal de trabajadores
ordinarios y no menos del ochenta por ciento (80%) del personal calificado o de especialistas o
de dirección o confianza.
2) Los trabajadores nacionales que desempeñen iguales funciones que los extranjeros, en
una misma empresa o establecimiento, tienen derecho a exigir remuneración y condiciones
iguales.
Conc.: 2o, 10, 11, 143.
Art. 75.- Autorizaciones para variar la proporción.
1) El Ministerio del Trabajo puede disminuir la proporción anterior:
a) Cuando se trate de personal estrictamente técnico e indispensable, y sólo por el tiempo
necesario para preparar personal colombiano; y
b) Cuando se trate de inmigraciones promovidas o fomentadas por el gobierno.
2) Los patronos que necesiten ocupar trabajadores extranjeros en una proporción mayor a la
autorizada por el artículo anterior, acompañarán a su solicitud los documentos en que la funden.
El Ministerio la dará a conocer con el fin de que el público, y en especial el personal
colombiano del patrono peticionario, pueda ofrecer sus servicios.

terça-feira, 12 de abril de 2011



Organización Internacional de Trabajo (OIT)

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944. La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional, que se reúne anualmente en junio. Su órgano de administración es el Consejo de Administración que se reúne cuatrimestralmente. El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, y se reúne tres veces al año en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al Director General. En 2003 fue reelegido para el cargo el chileno Juan Somavía. La sede central se encuentra en Ginebra (Suiza). En 1969 la OIT recibió el Premio Nobel de la Paz. Está integrado por 183 estados nacionales (2010).


MISIÓN Y OBJETIVOS:
- “El objetivo primordial de la OIT es promover oportunidades para que mujeres y hombres puedan obtener un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana”.
MISIÓN:
Para apoyar la consecución de estos objetivos, la OIT cuenta con un bagaje único de experiencias y conocimientos sobre el mundo del trabajo, que ha adquirido a lo largo de casi 100 años de dar  respuestas a las necesidades de trabajo decente, de medios de vida y de dignidad de personas alrededor del mundo. La OIT está al servicio de sus mandantes tripartitos – y de la sociedad en general – de diversas maneras, entre ellas:
1.     Formulando políticas y programas internacionales para promover los derechos humanos fundamentales, mejorar las condiciones de trabajo y de vida, y aumentar las oportunidades de empleo
2.    Elaborando normas internacionales del trabajo respaldadas por un sistema singular de control de su aplicación
3.    Formulando e implementando, en asociación activa con sus mandantes, un amplio programa de cooperación técnica internacional, para ayudar a los países a llevar a la práctica dichas políticas
4.    Llevando a cabo actividades de formación, educación y investigación que contribuyen al progreso de todos estos esfuerzos


PROCESO HISTÓRICO
La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.

Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.

La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.

La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas Partes Contratantes estaban “movidas por sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo...”

Había un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento. Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia económica del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los países que competían por mercados. El Preámbulo, al reflejar estas ideas establecía:
1.     Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social;
2.    Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones;
3.    Considerando que si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países.
Las áreas que podrían ser mejoradas enumeradas en el Preámbulo continúan vigentes, por ejemplo:
1.     Reglamentación de las horas de trabajo, incluyendo la duración máxima de la jornada de trabajo y la semana;
2.    Reglamentación de la contratación de mano de obra, la prevención del desempleo y el suministro de un salario digno;
3.    Protección del trabajador contra enfermedades o accidentes como consecuencia de su trabajo;
4.    Protección de niños, jóvenes y mujeres.
5.    Pensión de vejez e invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero;
6.    Reconocimiento del principio de igualdad de retribución en igualdad de condiciones;
7.    Reconocimiento del principio de libertad sindical;
8.    Organización de la enseñanza profesional y técnica, y otras medidas similares